Cuando tenemos un piso o local alquilado una de las principales preocupaciones que surgen es qué tenemos que hacer si el inquilino deja de pagar el alquiler.
En primer lugar, tenemos que distinguir si se trata de un retraso ocasional o bien hablamos de un impago o incumplimiento habitual o se han acumulado más rentas impagadas. Esto nos lo dirá generalmente la propia actitud del inquilino y su historial de pago hasta ese momento.
Si nunca antes había incumplido, si el incumplimiento no es muy grave, o si el inquilino contacta cuando va a tener un problema para el pago, es posible que el problema se solucione sin necesidad de adoptar mayores medidas.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que, si no es posible cobrar los atrasos de manera amistosa, será necesario iniciar un procedimiento judicial de desahucio por falta de pago que podría tardar una media de 6 meses hasta que consigamos recuperar la vivienda o el local (esto no es una duración fija, depende de factores como los retrasos del juzgado donde se tramite, si el inquilino se opone o no, cuál sea nuestra actuación en el procedimiento, etc.).
Por ello es muy importante que en cuanto se produzca el incumplimiento, si tenemos alguna duda de que el inquilino no vaya a cumplir, contactemos con un abogado especialista en desahucios para iniciar la reclamación.
¿Es necesario que envíe un burofax antes de demandar al inquilino?
Aunque mandar un burofax al inquilino con al menos 30 días de antelación a la presentación de la demanda impide al inquilino enervar el procedimiento de desahucio (en un próximo artículo explicaré en qué consiste la enervación del desahucio), la experiencia me dice que, en la mayoría de las ocasiones, enviar este burofax solo sirve para alargar el proceso y aumentar la deuda del inquilino.
Mi recomendación es interponer la demanda de desahucio lo antes posible para acortar los plazos y reducir el impago al máximo. Siempre podremos después paralizar el procedimiento o llegar a un acuerdo si finalmente el inquilino paga las cantidades debidas.
¿Es muy caro un procedimiento judicial de desahucio por falta de pago?
Los costes del procedimiento incluirán generalmente los honorarios del abogado, del procurador y, en caso necesario, del cerrajero para cuando se tome posesión de la vivienda o local.
Es fundamental que los honorarios sean pactados con el abogado antes de iniciar el procedimiento para evitar cualquier sorpresa desagradable, y que esos honorarios se ajusten a las circunstancias del caso (si se va a reclamar conjuntamente al inquilino el pago de la deuda, además del desahucio, qué cantidad debe el inquilino, etc.).
Además, es importante saber, que si el inquilino es condenado por incumplimiento (lo más habitual), será también condenado en costas, y podremos reclamarle lo que hayamos desembolsado para el procedimiento.
Conclusión:
Una vez se produce el incumplimiento, es importante contactar lo antes posible con un abogado especialista en derecho inmobiliario y desahucios.
Consulta con un especialista en desahucios
Soy Rubén Carrasco Pérez, abogado especialista en procedimientos de desahucio y puedes plantearme cualquier consulta en este enlace.
